Código deontológico

Con el fin de garantizar la más correcta praxis profesional en las actuaciones de sus asociados, así como para evitar la competencia desleal entre los mismos, existe el presente Código de Ética que los asociados de ACESEM, y quienes en el futuro deseen incorporarse como tales, se comprometen a observar. Se persigue, asimismo, contribuir con su existencia y observancia al prestigio tanto de la asociación como de sus asociados.

Con independencia de que su trato sea con la administración pública, clientes, proveedores, personal de su propia empresa, enfermos o afectados por el SEE u otros campos relacionados con el mismo, sociedad en general, etc. los asociados se comprometen a

  1. Actuar con integridad, honestidad y corrección.
  2. Actuar con competencia profesional utilizando las herramientas adecuadas y cualificando a su personal, rechazando las malas prácticas profesionales.
  3. No vender servicios ni productos innecesarios.
  4. No utilizar publicidad engañosa ni alarmante.
  5. Actuar con confidencialidad cuando sea pertinente, en especial en lo relativo a sus propios clientes.
  6. Que cualquier información que generen deberá ser transparente, cierta, objetiva y tan concreta como sea posible.
  7. Observar escrupulósamente toda legalidad vigente.
  8. Actuar conforme las recomendaciones técnicas de ACESEM
  9. Actuar conforme las recomendaciones técnicas nacidas de asociaciones u organismos de reconocido prestigio.
  10. Contribuir al desarrollo del mercado y de la cultura asociados al SEE y sus campos relacionados.

Si se demuestra que un asociado no respeta el presente código de ética será causa justa de su expulsión de la asociación. Ello, llegado el caso, será potestad exclusiva de la Junta Directiva.